Prelación en el Uso de los Métodos de Estimación de Oficio en la República Dominicana
La Suprema Corte de Justicia (SCJ) ha ratificado la facultad que tiene la Administración Tributaria para determinar el tributo, tal como lo establece el Artículo 45 del Código Tributario. No obstante, al aplicar dicha facultad, la Administración debe respetar el orden de aplicación previsto en el párrafo I del artículo 5 de la Norma 07-14, lo que garantiza que se sigan los procedimientos correctos antes de recurrir a la estimación de oficio.
Determinación del Tributo: Orden de Prelación
El uso de la estimación de oficio es un método excepcional que solo debe ser utilizado por la Administración Tributaria en situaciones donde no sea posible aplicar el método de determinación sobre base cierta. Esta prelación garantiza que:
El método de base cierta debe ser la primera opción de la Administración, utilizando las informaciones proporcionadas por el contribuyente o terceros para determinar el tributo.
El método de estimación de oficio (o base presunta) solo podrá ser utilizado en aquellos casos en que la determinación sobre base cierta sea imposible, ya sea por la falta de datos adecuados o por incumplimientos del contribuyente en la presentación de información necesaria.
Fundamento Legal y Seguridad Jurídica
El fundamento para restringir el uso de la estimación de oficio se basa en la protección de la seguridad jurídica y en el principio de legalidad, que evita actuaciones arbitrarias por parte de la Administración Tributaria. Esta restricción tiene como objetivo:
- Garantizar que los tributos sean determinados de manera objetiva y precisa, evitando cálculos aproximados que puedan perjudicar al contribuyente.
- Prevenir la arbitrariedad en las actuaciones de la Administración Tributaria, asegurando que las determinaciones de tributos estén sustentadas en hechos verificables y pruebas suficientes.
Importancia del Principio de Legalidad
La Suprema Corte de Justicia ha enfatizado que el uso del método de estimación debe ser una medida de último recurso, en estricta observancia del principio de legalidad. Esto significa que la Administración Tributaria debe agotar todas las vías posibles para obtener información cierta antes de recurrir a la estimación presuntiva.
Conclusión
La Suprema Corte de Justicia reitera que la Administración Tributaria debe priorizar el uso del método de base cierta para la determinación de tributos, recurriendo a la estimación de oficio solo como medida excepcional y en los casos en que no sea posible determinar el tributo con base en datos precisos. Este enfoque protege la seguridad jurídica del contribuyente y asegura que la Administración actúe conforme al principio de legalidad, evitando posibles arbitrariedades.
Por:
Jean Carlos Valdez González, CPA, MBA.
Socio Director, Valdez González Outsourcing
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