Omisiones de Declaraciones Juradas y Cómo Presentar Declaraciones en Cero en República Dominicana

 Las omisiones tributarias ocurren cuando un contribuyente, ya sea una persona física o jurídica, no cumple con su obligación de presentar una declaración jurada o los formatos de envío de datos requeridos por la Dirección General de Impuestos Internos (DGII). Entre los formatos más comunes que deben enviarse están el 606 (compras y gastos), 607 (ventas o ingresos), 608 (comprobantes anulados), y 609 (pagos al exterior). Asimismo, las declaraciones que una empresa podría tener omisas incluyen el IT-1 (ITBIS), IR-17 (retención de impuestos), IR-3 (retención de ISR a empleados), ISA (Impuesto Selectivo al Consumo), y IR-2 (Impuesto sobre la Renta para personas jurídicas), entre otras.

Sanciones por Omisiones Tributarias

El no presentar una declaración jurada o uno de los formatos obligatorios conlleva una serie de multas y sanciones, además de recargos e intereses por pago tardío. Adicionalmente, cuando una empresa tiene omisiones tributarias, se le pueden denegar la aprobación de comprobantes fiscales, lo que limita su capacidad para operar legalmente en el país, dado que estos comprobantes son esenciales para la facturación y la presentación de impuestos.

Recargos e Intereses por Impuestos Pagados Tarde

Cuando un contribuyente no paga sus impuestos a tiempo, la DGII aplica las siguientes penalidades:

  • Interés mensual del 1.1% sobre el monto adeudado.
  • Recargo del 10% en el primer mes de retraso.
  • Recargo adicional del 4% mensual por cada mes posterior de atraso.

Presentación de Declaraciones en Cero

Si durante un período fiscal una empresa no ha realizado operaciones, está obligada a presentar una declaración jurada informativa en cero. Esta práctica es importante para mantener al día las obligaciones fiscales con la DGII. Incluso si no hubo ventas, compras, ni adelanto de ITBIS, se debe presentar la declaración correspondiente.

Las declaraciones que se pueden presentar en cero incluyen:

  • IT-1: Declaración jurada de ITBIS.
  • IR-3: Declaración jurada de retención de ISR a empleados.
  • 606: Formato de envío de compras y gastos.
  • 607: Formato de envío de ventas o ingresos.
  • 608: Formato de envío de comprobantes anulados.

Presentar estas declaraciones en cero garantiza que la empresa se mantenga en regla con la DGII, incluso si no ha tenido actividad económica durante el período correspondiente. Además, es una práctica útil para ponerse al día si la DGII exige la declaración de un período donde no hubo operaciones.

Conclusión

Mantener las obligaciones fiscales al día es fundamental para evitar sanciones, multas y recargos que pueden perjudicar el funcionamiento de una empresa. La presentación de declaraciones en cero, cuando no hay actividad, es una herramienta útil para mantener el cumplimiento fiscal y evitar inconvenientes con la DGII.


Por:

Jean Carlos Valdez González, CPA, MBA.
Socio Director, Valdez González Outsourcing


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